Cuandoel matrimonio se reconcilia, volviendo a vivir juntos, pero no comunica esto al Juzgado de familia, hablamos de reconciliación tácita que no produce
Pensióncompensatoria: cómo se calcula. Existen diferentes aspectos para determinar el cálculo de la pensión compensatoria. Uno de ellos se basa en los años de convivencia, establecidos en una tabla. Según cuántos sean, se obtiene un porcentaje que se multiplica por el número de meses que la pareja ha convivido: De 0 a 4 años: 16%. 5-9
I Separación y divorcio. Antecedentes La separación conyugal puede entenderse como la ruptura que se da en la convivencia de los cónyuges, pero dicho alejamiento no afecta jurídica y legalmente al vínculo matrimonial en los términos de la ley; es decir, los cónyuges, por voluntad de uno o ambos, sin una resolución judicial, deci- Lareconciliación conyugal se define como un régimen jurídico de Derecho de familia por el que los cónyuges, libre y voluntariamente, hacen cesar la situación jurídica de la separación y reanudan la comunidad de existencia que implica toda unión matrimonial (STSJ Cataluña de 24 de febrero de 2014). [j 1] En este tema se analizan las reglas Siel régimen económico matrimonial era el de la sociedad de gananciales, con la sentencia se disuelve el mismo, siendo aconsejable, por el importante ahorro de tiempo y dinero que ello supone, que se aproveche el procedimiento judicial de separación y divorcio para liquidar la sociedad de gananciales, ya sea en el convenio regulador o, en Portanto, en caso de separación judicial, estando vigente el vínculo matrimonial, no puede constituirse válidamente una pareja de hecho entre los cónyuges, sin que a ello obste la privación del efecto natural del matrimonio de que los cónyuges vivan juntos, de modo que en caso de reconciliación no se constituirá una convivencia con análoga Deacuerdo con el art. 84 del Código Civil, la reconciliación de los cónyuges separados pone término al procedimiento de separación y deja sin efecto ulterior lo Portodo ello, el matrimonial volverá a estar casada pero el régimen económico aplicable a partir de la reconciliación entendemos que será el de separación de bienes, salvo que se acuda ante notario y hagan las oportunas escrituras de capitulaciones matrimoniales, indicando que su voluntad tras la reconciliación es el Gj5s.